Testamento internacional en Italia
Convenio de Washington sobre el testamento internacional y su aplicación en Italia
El Convenio de Washington de 1973 relativo al testamento internacional, entró en vigor en Italia con la Ley N. 387 de 29 de noviembre de 1990.
El Convenio establece que la presencia de los requisitos formales establecidos por el mismo Convenio garantiza (en cuanto a la forma ) la validez del testamento, independientemente de dónde se hizo, la ubicación de los bienes, la nacionalidad, la residencia o el domicilio del testador.
Por lo tanto, el testamento de un extranjero hecho en un País extranjero es válido en Italia, así como un testamento hecho por un italiano en Italia es válido en otro Estado Contratante de la Convenio. Esto es posible sólo cuando:
- el testamento está escrito (el testamento se puede escribir en cualquier idioma, a mano o en otra forma);
- declaración del testador (en presencia de dos testigos) que el documento contiene su última voluntad;
- la firma del testador, o otra persona en su nombre;
- recepción de la declaración del testador y de su firma, así como la firma de los testigos, por una persona autorizada por la legislación de cada Estado Contratante (en Italia es el notario público).
Para saber más sobre el tema, ver también:
Asesoria legal para el Testamento en Italia
La revocación de un testamento en Italia
Certificado sucesorio europeo y su validez en Italia
Para más informaciónes, por favor póngase en contacto con Abogados en Roma
El uso de este artìculo sòlo se permite con menciòn de la fuente (enlace) y del autor