La bigamia en Italia
El delito de bigamia en el Código Penal italiano
En Italia la bigamia es un delito porque la Ley italiana no reconoce los matrimonios polígamos.
De conformidad con el artículo 556 del Código Penal italiano una persona, que estando ya casada y no divorciada, tiene un nuevo matrimonio con efectos civiles, será sancionada con prisión de uno a cinco años.
La misma pena se aplica a cualquier persona, no casada, que contrae matrimonio con una persona ya casada civilmente.
La pena es más severa si el delincuente ha engañado a la persona con la que contrajo matrimonio, sobre el propio estado civil.
Si el matrimonio contraído antes por el bígamo ha sido declarado nulo o anulado, el delito se extingue.
Para saber más sobre el matrimonio en Italia, ver también:
La transcripción en Italia del matrimonio celebrado en el extranjero
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