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Las sentencias de los tribunales italianos sobre la sustracción internacional de menores

El secuestro internacional de menores según los tribunales italianos.

Las sentencias de los tribunales italianos sobre la sustracción internacional de menores

 

 

 

 

 

 

 

 

Publicamos algunos casos sobre la sustracción internacional de menores en Italia y las decisiones de los tribunales italianos. Si necesita más ayuda, contácta Abogados en Italia.

Tribunal de Bologna.

Los menores, un niño y una niña, tenían 5 y 2 años a la fecha de la audiencia. Ellos habían nacido y habían sido criados en los Países Bajos. Sus padres se divorciaron a principios del 2001. Luego, siguieron negociaciones detalladas y con la ayuda de mediadores de familia, se celebró un acuerdo respecto del cuidado de los menores. Este contrato estableció que ambos padres gozarían de responsabilidad parental compartida, y que los menores vivirían con la madre y tendrían contacto sustancial con el padre. Varios días después de la firma del acuerdo, la madre se llevó a los menores a Italia, su Estado de origen.

Luego el padre solicitó la restitución de los menores. La madre argumentó que el padre no había cumplido con los acuerdos de sostén económico y que había sido obligada a celebrar el acuerdo de custodia. El tribunal rechazó estos argumentos. Determinó que el acuerdo era vinculante y podía ser impugnado ante autoridades holandesas competentes. Solo había acordado seguir negociaciones detalladas y con la asistencia de expertos. Además, la madre podría haberse negado a firmar el documento, que intentaba establecer diferentes términos y condiciones o de hecho haber denunciado a su esposo a la policía. Lo que es más, no parecía que los menores estuvieran afectados por problemas económicos. El traslado de los menores a Italia fue real y tenía el propósito de evitar que el padre ejerciera responsabilidad parental conjunta.

Tribunal de Florencia.

El menor era un niño de dos años y medio de edad a la fecha de la supuesta sustracción ilícita. Sus padres estaban casados pero separados. El 2000, un juez de Alemania le otorgó a la madre el derecho de decidir la residencia del menor. El menor había estado viviendo en esa fecha con su madre en Alemania. El 2001 el padre llevó al menor a Italia. La madre sostuvo que el padre había aceptado regresar al menor esa noche. Sin embargo, el padre afirmaba que la madre había consentido que él llevara al menor a Italia para realizar una visita. El padre y el menor permanecieron en Italia durante las vacaciones de verano. Se esperaba que durante ese tiempo la salud del menor mejorara. 

La madre solicitó la restitución del menor. La madre tenía derecho de custodia, si bien es cierto que provisorio, que derivaba de su derecho de decidir la residencia del menor (artículo 5) otorgado por el tribunal alemán durante el juicio de divorcio. El consentimiento de la madre al traslado del menor no se pudo demostrar, sólo se lo alegó. El traslado unilateral del menor por lo tanto constituyó sustracción ilícita. El padre alegó que la madre no cuidaba adecuadamente del menor quien tenía problemas de salud. El tribunal concluyó que esto no estaba demostrado.

Tribunal de Roma. 

La menor tenía 13 años de edad en la fecha de la solicitud. El padre declaró que la madre de la menor le impedía ejercer sus derechos de visita . Sin embargo la madre sostuvo que el padre había dejado de ir a Italia para ver a la niña. Esto era el producto de un incidente en el cual la niña se había rehusado a viajar a Alemania para un período de contacto debido a una repentina dolencia. La dolencia había sido verificada por un médico en el aeropuerto

El Tribunal entendió que la madre no había violado los derechos de visita del padre. El padre había tenido contacto telefónico regular con la menor, pero debido a problemas de índole práctica y psicológica, no había venido a Italia para ejercer los derechos de visita que le fueran otorgados en el proceso de divorcio.

Tribunal de Cagliari. 

El menor tenía aproximadamente dos años a la fecha de la supuesta sustracción ilícita. Los padres, ciudadanos italianos, no se encontraban casados. Habían estado viviendo en Alemania. Los padres decidieron separarse y luego de que la madre dejó el hogar familiar, el padre se llevó al menor a Italia y lo dejó con la abuela paterna. Según él, la madre lo había abandonado. Sin embargo, la madre sostuvo que el padre la había forzado a dejar el hogar familiar y le había impedido ver al niño.

La madre inició entonces procesos en Alemania y procesos de restitución en Italia. El tribunal alemán que tomó el caso otorgó la custodia exclusiva a la madre y ordenó la inmediata restitución del menor a Alemania. Fundó su jurisdicción sobre el caso en el artículo 1 del Convenio de La Haya de 1961, en la residencia habitual del menor en Alemania y en la residencia de ambos padres en Alemania. Ninguna parte contravino la jurisdicción del tribunal. El tribunal alemán aplicó la ley de nacionalidad del menor, en particular el artículo 317 bis del Código Civil italiano, al decidir que era en el mejor interés del menor permanecer con su madre, ya que siempre había tenido una relación más estrecha con ella que con su padre.

La sustracción fue ilícita en violación de los derechos de custodia efectivamente ejercidos por la madre. El tribunal italiano reconoció la competencia jurisdiccional del tribunal alemán para entender en el caso. Sostuvo que no era aceptable que el menor debiera continuar viviendo con su abuela en Italia cuando sus padres vivían en Alemania. No había justificación para que el menor permaneciera en Italia. Además, sería más fácil para el padre ejercer sus derechos de visita si el menor viviera en el mismo país.

Tribunal de Palermo.

El menor, un varón, tenía 4 años de edad en la fecha de la supuesta sustracción ilícita. Hasta entonces había vivido en Alemania. En septiembre de 2000, mientras el Tribunal alemán consideraba la solicitud de custodia de la madre, el padre se llevó al niño a Italia. El 2001, el Tribunal alemán a la madre el derecho a determinar el lugar de residencia del menor. Posteriormente la madre solicitó la restitución del menor en virtud del Convenio.

La sustracción fue ilícita y violaba el derecho de custodia de la madre. El fallo del tribunal estableció que la sustracción del menor había violado el derecho exclusivo de la madre a decidir la residencia del niño, un derecho que había sido reconocido por el Tribunal alemán. El tribunal falló, en base a las pruebas presentadas, que el menor no estaba expuesto a ningún peligro físico o psicológico en caso de ser restituido a Alemania.

Tribunal de Genova.

La menor, una niña, nació en Tailandia el 1997. Había vivido en el Reino Unido desde 1998, primero con ambos padres y luego de su separación, con su padre. Esto ocurrió conforme a una orden emanada de la División Familia del Tribunal Superior. En otoño de 2001 el padre consintió en que la madre se llevara a la menor para unas vacaciones de dos semanas. Sin embargo, al final de este período, a fines de octubre, la menor no fue restituida. El padre entonces presentó una solicitud de restitución. 

La retención de la menor fue ilícita y no se probó ninguna de las excepciones en la medida exigida en el marco del Convenio. La madre argumentó que el padre había renunciado a sus derechos de custodia dado que había dado su consentimiento al viaje a Italia. El tribunal rechazó esto, destacando que la custodia había sido otorgada solamente al padre y que éste específicamente había consentido en que la menor fuera a Italia sólo por 2 semanas. Por lo tanto, la retención fue ilícita.

Tribunal de Brescia.

La menor tenía cinco años de edad al momento del supuesto traslado ilícito. Había vivido hasta entonces toda su vida en los Estados Unidos. Sus padres no estaban casados. El octubre de 2001, la madre se llevó a la niña a Italia. La policía de Italia luego localizó a la niña. El padre solicitó la restitución de la menor, reclamando que le habían sido otorgados derechos de custodia de la menor por un Tribunal de Oregon (USA).

El traslado fue ilícito ya que violaba los derechos de custodia del padre. El Tribunal italiano reconoció la validez de la solicitud de restitución presentada por el padre, ya que como resultado del fallo del Tribunal de Oregon, el padre contaba con derechos de custodia sobre la niña que había estado ejerciendo hasta entonces.

La madre procuró invocar la excepción del grave riesgo de daño, argumentando que el padre consumía drogas y alcohol. Estas declaraciones, sin embargo, no fueron probadas. Asimismo, el tribunal de primera instancia señaló que el tribunal americano determinó que la menor se encontraba a gusto viviendo con su padre y que para su edad se estaba desarrollando correctamente.

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