La Sustracción internacional de menores
La red social Peruanos en Italia entrevista al abogado Luca Santaniello sobre el tema de sustracción internacional de menores
Seguimos con nuestra ventanilla legal. Hoy hablaremos del terrible caso de la sustracción internacional de menores con el abogado Luca Santaniello
PEI: Abogado Santaniello, ¿Qué es la Sustracción Internacional de Menores?
S: Sustracción Internacional de Menores incluye todos los casos en que uno de los padres lleve el menor de edad, sin el consentimiento del otro, a un País extranjero que no sea el de nacimiento o de residencia habitual.
PEI: ¿Cuál es la diferencia entre la sustracción y la retención en el extranjero?
La retención en el extranjero es cuando el niño no es devuelto por uno de los padres a su país de origen o de residencia habitual, después de un período de estancia en un país extranjero, al que el otro padre había dado su consentimiento . Así que la diferencia es que el otro padre había dado su permiso, pero desde un punto de vista procesal, las dos situaciones se regulan de la misma manera. En el caso de la retención sólo se debe esperar para denunciar el caso, a la expiración del período de estancia.
PEI: ¿Son esos problemas de las familias mixtas?
S: En la mayoría de los casos, el fenómeno de la sustracción internacional o de retención en el extranjero, se refiere a la familias mixtas, o sea a las familias cuyos padres son de nacionalidades diferentes. De hecho, el problema suele producirse como resultado de las disputas sobre la custodia de los hijos y ocurre cuando uno de los padres en el temor de no conseguir la custodia, se traslada con sus hijos a su país de origen, donde espera conseguir un trato favorable en virtud de su condición de ciudadano y familiaridad con el sistema legal de ese País. En cualquier caso, hay muchos informes de sustracción internacional de menores donde ambos padres son italianos o de la misma nacionalidad.
PEI: ¿Qué hacer en estos casos?
S: Actuar, y hacerlo lo más pronto posible. Muchas veces, el padre o la madre que se traslada, intenta por todos los medios de ocultar al niño (por ejemplo, con el cambio de identidad), por lo que, ante todo, es una carrera contra el tiempo.
Hay algunos pasos básicos a seguir.
En primer lugar, denunciar el caso ante las autoridades judiciales y las autoridades ministeriales, tanto en Italia como en el País donde se encuentra el niño, o viceversa.
Luego, solicitar la restitución del menor, en Italia o en el extranjero, de acuerdo con el Convenio de La Haya de 1980 sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores.
Pei: ¿Qué dice el Convenio de La Haya?
S: El Convenio Internacional de la Haya del 25 de octubre de 1980 sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, tiene como objetivos principales: el regreso inmediato del niño y el reconocimiento (o restauración) del derecho de visita al padre sin custodia.
Ese Convenio sólo se aplica cuando:
- El derecho a la custodia o el derecho de visita que presuntamente se ha infringido, se basa en la ley o en una decisión de un tribunal del Estado de nacimiento o de residencia habitual del menor antes de la sustracción;
- El niño tiene menos de dieciséis años de edad;
- El niño no tiene objeciones para regresar;
- No haya transcurrido más de un año desde la Sustracción;
- El regreso del niño no da lugar a ningún daño para él
PEI: ¿Perú es parte en el Convenio de La Haya?
S: Sí, la República del Perú es País miembro de la Convención desde 2001.
El abogado Luca Santaniello es experto en derecho internacional y tiene su oficina en Roma, en Piazza San Giovanni.
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