Abogados en Italia: delitos de drogas
La producción, el tráfico y la posesión ilegal de drogas o sustancias psicotrópicas.
De conformidad con el artículo 73 del Decreto del Presidente de la República n. 309/1990, toda persona que, sin autorización, cultiva, produce, fabrica, extrae, refina, venda, ofrezca, distribuya, transporte, ofrece, envía o entrega sustancias estupefacientes o psicotrópicas es castigado con prisión de seis a veinte años y multa de € 26.000 a € 260.000.
Cuando estas acciones son leves, teniendo en cuenta los medios, las modalidades, las circunstancias o la calidad y cantidad de las sustancias, la pena será la prisión de uno a seis años y multa de € 3.000 a € 26.000.
Cuando tres o más personas se asocian con el propósito de cometer varios delitos de drogas, toda persona que promueve, establece, administra, organiza y financia la asociación, será castigado con pena de prisión de no menos de veinte años.
Los que participan en la asociación, serán castigados con pena de prisión de no menos de diez años.
Si la organización está armada, la pena será la de prisión desde doce hasta veinticuatro años.
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